![Juegos con apuestas, ¿se considera Actividad Vulnerable?](https://taxday.com.mx/wp-content/uploads/2022/08/Juegos-con-apuestas-2-2-940x705.jpg)
Juegos con apuestas
¿Se considera Actividad Vulnerable?
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado), establece los requisitos mínimos necesarios a implementar para la mitigación de este riesgo, considerando como Actividad Vulnerable los juegos de apuestas.
Dicha Ley agrupa dentro de su Artículo 17 una serie de Actividades Económicas identificadas como Vulnerables debido a su exposición al riesgo de ser utilizadas como un vehículo para lavar dinero, entre las que se encuentra en su Fracción I, los juegos con apuesta, como la primer actividad vulnerable
De acuerdo a lo citado anteriormente, los casinos y salas de apuestas deberán informar al Servicio de Administración Tributaria y a la UIF todas las operaciones iguales o superiores equivalentes a 645 UMA, y dar seguimiento a aquellas mayores o equivalentes a 325 unidades de medida.
El objetivo de un Asesor PLD es expandir sus servicios profesionales en compliance y en el cumplimiento de las obligaciones en Prevención de Lavado de Dinero.
Adquiere la membresía Asesor PLD y prepárate con especialistas certificados…
Juanita Pérez compra boletos para apostar en un casino, su cifra se queda en 324 UMAS. Dicha operación no se registrará en los expedientes de PLD, debido a que como habíamos mencionado, el inicio de identificación es a partir de los 325 UMAS.
Supongamos que la compra si excede los 325 UMAS, en este supuesto si deberán identificar al cliente, conforme se tenga establecido dentro del manual interno, también debemos tomar en cuenta que dicho movimiento se acumula con las siguientes operaciones que excedan.
Cuando contamos con otras operaciones que se identificaron y por tanto se acumularon, y la suma excede 645 UMAS, en ese momento se presenta el aviso y se tiene borrón y cuenta nueva, dicha acumulación se realiza por periodos de 6 meses, es decir, de enero a junio, febrero a julio, y así sucesivamente.
Una vez que se presenta el aviso, la UIF identifica que Juanita Pérez gasta parte de su dinero en casinos, esto no significa que esté metida en problemas, ya que hasta este momento es una actividad lícita.
Fácil, desde que la UIF cuenta con la información reportada por las entidades financieras y por empresas que realizan actividades vulnerables.
En cambio si Juanita Pérez, sólo cuenta con esta operación a lo largo de 5 años, su perfil no es aplicable a ser sospechosa
Pongamos otro supuesto con Juanita Pérez, tiene reportadas varias actividades vulnerables por casino, blindajes de carros, compra de arte, esto no es congruente con su nivel de ingresos, en ese momento esta perfilada a ser participe de lavado de dinero. Dicha información la desarrolla la UIF y le pasa el reporte a la PGR para realizar la investigación y descubrir si no se trata de delincuencia organizada y tener que proceder judicialmente.
Este es un caso hipotético con el que fácilmente podemos identificar en qué momento se convierte en Actividad Vulnerable.
Te invitamos a que formes parte de la comunidad Asesor PLD y te prepares con profesionales certificados.